PARAGUAY ACTUALIZA NORMATIVA SOBRE VACUNACIÓN CONTRA LA FIEBRE AMARILLA PARA VIAJEROS

2024-12-27

Mediante la Resolución Nro. SG 871, el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social estableció nuevas disposiciones para el ingreso y salida de personas a zonas de riesgo de fiebre amarilla, actualizando la normativa vigente desde el 27 de diciembre de 2024.

Entre los puntos principales, el Artículo 3 de la resolución dispone que todo ciudadano paraguayo o extranjero con radicación permanente en el país, que provenga de una zona de riesgo y no posea Certificado Internacional de Vacunación contra la Fiebre Amarilla, su ingreso al país estará a cargo de las Autoridades competentes y será sometido a control sanitario por un período de seis (6) días, a partir de su ingreso.

Además, la normativa amplía y actualiza el listado de zonas de riesgo según la Alerta Epidemiológica de OPS/OMS del 6 de noviembre del 2024, incluyendo regiones específicas de Bolivia, Brasil, Colombia, Guyana y Perú. Este listado será dinámico y dependerá de la situación epidemiológica, bajo alertas emitidas por la OPS/OMS. Se destaca la exclusión del Estado de Paraná del citado listado.

Instituciones intervinientes y sus roles

El cumplimiento de estas disposiciones requiere la coordinación entre diversas instituciones:

Dirección Nacional de Migraciones: Aplicará controles en puntos de entrada y salida del país.

Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social: Supervisará el cumplimiento de las medidas sanitarias y coordinará el trabajo intersectorial.

Ministerio del Interior y SENATUR: Participarán en actividades de vigilancia y sensibilización.

SENACSA y Ministerio de Agricultura y Ganadería: Apoyarán en el monitoreo de vectores y animales susceptibles en zonas rurales.

Entidades Binacionales: Trabajarán en la implementación de medidas en áreas fronterizas.

Recomendaciones para viajeros

La vacuna contra la fiebre amarilla debe aplicarse al menos 10 días antes de viajar a zonas de riesgo. Asimismo, aquellas personas que no puedan vacunarse por razones médicas deberán justificar su situación mediante un certificado médico y someterse a control sanitario por seis días.

La normativa también exige la presentación del certificado en la compra de pasajes o al realizar trámites migratorios para viajes hacia zonas de riesgo, resaltando la importancia de la articulación entre organismos públicos y privados.

Excepciones

Personas con contraindicaciones médicas para recibir la vacuna deberán justificar su situación a través de un Certificado expedido por un profesional médico o por la Autoridad Sanitaria del país de origen; menores de 1 año y mayores de 59 años.